miércoles, 13 de mayo de 2015


¿A LAS MUJERES LA LEY COLOMBIANA NOS COBIJA ANTE EL ACOSO LABORAL Y SEXUAL LABORAL? 






El Protocolo es adoptado mediante el Decreto 044 de 2015, en el cual se reconoce el acoso laboral y el acoso sexual laboral como una manifestación de las violencias contra las mujeres y como un mecanismo de dominio que limita la garantía del derecho a una vida libre de violencias y el derecho al trabajo en condiciones de dignidad y de igualdad. Esta herramienta pretende visibilizar el acoso sexual como un delito que atenta contra la libertad, integridad y determinación sexual de las mujeres y que se ejerce en condiciones de superioridad o poder respecto de la edad, sexo, posición laboral, social, familiar o económica para obtener de la víctima favores o conductas sexuales no consentidas o inducidas por presión.
En el Protocolo se estacan los derechos de las mujeres víctimas de este tipo de delitos en consonancia con la Ley 906 de 2004 y la Ley 1257 de 2008 y se establece la ruta de denuncia para las víctimas de acoso laboral por la vía administrativa, disciplinaria, penal y constitucional de tutela.



El acoso sexual es un fenómeno social de múltiples y diferentes dimensiones, denunciado por distintas organizaciones e instituciones y constatado por distintas investigaciones que han evidenciado la existencia, extensión y gravedad de este fenómeno en el ámbito laboral. 

El acoso sexual puede ser sufrido tanto por hombres como por mujeres. Sin embargo la mujer se convierte en la principal víctima del mismo porque su situación en el mercado laboral es claramente inferior respecto a los hombres, por su inestabilidad en el empleo y su subordinación jerárquica profesional. 







 Se define el acoso sexual como: “la situación en que se produce cualquier comportamiento verbal, no verbal o físico no deseado de índole sexual con el propósito o el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, hostil, degradante, humillante u ofensivo”. 

4 comentarios:

  1. muy buen articulo, hay que tener siempre en cuenta las leyes que nos cobijan como trabajadores y hacerlas valer.

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  2. en Colombia las mujeres son las que mas sufren este tipo de acoso por parte de sus superiores . seria chevere que todas las empresas tuvieran este articulo presente ya que es regido por la ley.

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  3. un pequeño aporte el término acoso sexual en el trabajo apareció en los años setenta en Estados Unidos.En el fenómeno del acoso sexual hay que tener en cuenta que se trata de una situación que la víctima no desea, y que como cada persona determina el comportamiento que aprueba o tolera, es por ello un concepto subjetivo. excelente.

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  4. este pasa muy a menudo y haypersonas que se aguantan esto solo por miedo de que las corran de sus trabajos pero estas personas deben de saber que la ley y las autoridades estan de su lado y que deben de denunciar cualquier caso de acoso

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