sábado, 6 de junio de 2015

EPIDEMIOLOGÍA DE LAS ENFERMEDADES RELACIONADAS CON LA OCUPACIÓN 



En las últimas tres décadas ha cambiado la naturaleza de la medicina ocupacional en el mundo desarrollado. Las manifestaciones evidentes y clásicas de las enfermedades ocupacionales han sido cada día menos frecuentes.

Convencionalmente la epidemiología ocupacional debe centrar su atención en la identificación y control de enfermedades y los riesgos relativos al trabajo. Estas enfermedades son aceptadas como enfermedades ocupacionales, que tienen una particular exposición en el trabajo como causa necesaria. Sus manifestaciones evidentes y clásicas han sido cada día menos frecuentes; y algunas formas de enfermedad, como por ejemplo, la parálisis debida a la exposición al plomo, la silicosis, el manganismo y la aplasia de la médula ósea por la inhalación de benzol han desaparecido. Hoy día la máxima preocupación está en los efectos subclínicos o a largo plazo de las exposiciones ocupacionales. Establecer una relación causa-efecto ante la manifestación de una enfermedad y una exposición ocupacional requiere el estudio de un grupo de individuos, y, a veces, de extensas poblaciones. Es necesario, por lo tanto, un enfoque epidemiológico.
Una enfermedad ocupacional típica representa el extremo de un continuo, el otro extremo viene representado por las enfermedades relacionadas con el trabajo, cuya etiología es ocupacional solo en un menor grado, e incluso aquellas enfermedades cuya etiología es mayormente no ocupacional, pero cuyas manifestaciones se agravan o se exarceban debido a factores ocupacionales, pueden considerarse como enfermedades relacionadas con el trabajo. 

Las enfermedades relacionadas con la ocupación, caracterizadas por un largo y silente período de latencia entre el inicio de la exposición al factor causal y la manifestación de la enfermedad están adquiriendo cada vez más importancia en Medicina Ocupacional. Muchas enfermedades degenerativas crónicas pertenecen a esta categoría, como por ejemplo las enfermedades músculoesqueleticas, las cardiovasculares y diversos trastornos pulmonares. Cada enfermedad o lesión tienen su propia epidemiología, de ahí que términos como epidemiología del cáncer, de los accidentes y de las enfermedades cardiovasculares sean de un uso común.Cada enfermedad o lesión tienen su propia epidemiología, de ahí que términos como epidemiología del cáncer, de los accidentes y de las enfermedades cardiovasculares sean de un uso común.

La salud ocupacional descansa para su investigación en las herramientas que le brinda la Epidemiología. Hasta hace poco el concepto de la enfermedad profesional denotaba un síndrome patológico clínico causado por un riesgo específico a un tipo particular de trabajo en el ambiente laboral. Los estudios epidemiológicos han sacudido el concepto de especificidad, pues la prevalencia y la incidencia de algunas enfermedades generales pueden también estar influenciadas por la ocupación. Estas enfermedades se caracterizan por tener una etiología multicausal, y sus manifestaciones pueden ser indistinguibles de las enfermedades generales. Hay autores que afirman que la patología profesional a lo largo de este siglo se ha vuelto más universal, extendiéndose a colectivos que antes estaban aparentemente a salvo de ellas, y al mismo tiempo, sus manifestaciones han devenido más sutiles, dificultando así la identificación laboral que originó sus causas.


Cuando una relación causal entre una exposición ocupacional y una enfermedad específica es clara, la enfermedad se define como ocupacional, tanto médica como por lo general legalmente. Sin embargo, el trabajo y las condiciones de trabajo pueden, además, contribuir al desarrollo de morbilidad no específica, ya sea causando o agravando procesos, o indirectamente a través del estilo de vida asociado a la ocupación del trabajador. Conceptualmente, las enfermedades relacionadas con el trabajo comprenden una amplia gama de morbilidad, relacionada de un modo u otro- no necesariamente causal-con la ocupación, el trabajo o las condiciones del trabajo.

viernes, 5 de junio de 2015

CARGA MENTAL POR ESTRÉS LABORAL 


LA CARGA MENTAL

“el conjunto de solicitaciones psíquicas , a las que se ve sometida la persona para desarrollar su trabajo a lo largo de la jornada laboral, o también, la cantidad de esfuerzo deliberado que se debe realizar para conseguir un resultado concreto, y que exige un estado de concentración y atención exagerado”

Son muy diversos los factores que contribuyen a la carga de trabajo mental y que ejercen presiones sobre la persona que lo desempeña. Estos factores deben identificarse para cada puesto o situación de trabajo concreta y se pueden agrupar según procedan: 

 De las exigencias de la tarea.  
 De las circunstancias de trabajo (físicas, sociales y de organización). 
 Del exterior de la organización. 

La carga de trabajo mental puede ser inadecuada cuando uno o más de los factores identificados es desfavorable y la persona no dispone de los mecanismos adecuados para afrontarlos.

 Las características individuales influyen en la tensión que provocan en la persona las distintas presiones que recaen sobre ella. 
Algunas de estas características individuales son: 

 El nivel de aspiración, la autoconfianza, la motivación, las actitudes y los estilos de reacción. 

 Las capacidades, la cualificación/capacitación, los conocimientos, y la experiencia.


 La edad, el estado general, la salud, la constitución física y la nutrición.

 El estado real y el nivel inicial de activación.

EFECTOS EN LA SALUD 

Se producen reacciones del trabajador a tres niveles: fisiológico, psicológico y de comportamiento. El principal síntoma es: Reducción de la actividad que se da como consecuencia de una disminución de la atención, una lentitud del pensamiento y una disminución de la motivación. 

MEDIDAS PREVENTIVAS

 Facilitar y orientar la atención necesaria para desempeñar el trabajo.
 
Actualizar los útiles y equipos de trabajo (manuales de ayuda, listas de verificación, registros y formularios, procedimientos de trabajo, etc.) siguiendo los principios de claridad, sencillez y utilidad real. 

 Facilitar el proceso de percepción e interpretación (señales). 

 Facilitar la respuesta (diseño de controles). Reducir o aumentar (según el caso) la carga informativa para ajustarla a las capacidades de la persona, así como facilitar la adquisición de la información necesaria y relevante para realizar la tarea, etc.. Rediseñar el lugar de trabajo (adecuando espacios, iluminación, ambiente sonoro, etc.). 

jueves, 4 de junio de 2015

ESTRÉS LABORAL OCASIONADO POR MOBBING

Los riesgos psicosociales y el estrés laboral se encuentran entre los problemas que más dificultades plantean en el ámbito de la seguridad y la salud en el trabajo. Afectan de manera notable a la salud de las personas, de las organizaciones y de las economías nacionales. En torno a la mitad de los trabajadores europeos consideran que el estrés es un elemento común en sus lugares de trabajo, y contribuye a cerca de la mitad de todas las jornadas laborales perdidas. Como muchas otras cuestiones relativas a la enfermedad mental, el estrés suele interpretarse mal o estigmatizarse. No obstante, si los riesgos psicosociales y el estrés se plantean como un problema de las organizaciones, y no como un defecto personal, se pueden gestionar como cualquier otro riesgo para la salud y la seguridad en el trabajo.


¿QUE SON RIESGOS PSICOSOCIALES Y ESTRÉS?

 Los riesgos psicosociales se derivan de las deficiencias en el diseño, la organización y la gestión del trabajo, así como de un escaso contexto social del trabajo, y pueden producir resultados psicológicos, físicos y sociales negativos, como el estrés laboral, el agotamiento o la depresión. Algunos ejemplos de condiciones de trabajo que entrañan riesgos psicosociales son:
  • cargas de trabajo excesivas;
  • exigencias contradictorias y falta de claridad de las funciones del puesto;
  • falta de participación en la toma de decisiones que afectan al trabajador y falta de influencia en el modo en que se lleva a cabo el trabajo;
  • gestión deficiente de los cambios organizativos, inseguridad en el empleo;
  • comunicación ineficaz, falta de apoyo por parte de la dirección o los compañeros;
  • acoso psicológico y sexual, violencia ejercida por terceros.
Al analizar las exigencias del trabajo, es importante no confundir riesgos psicosociales como una carga de trabajo excesiva con situaciones que, aunque estimulantes y a veces desafiantes, ofrecen un entorno de trabajo en el que se respalda al trabajador, que recibe la formación adecuada y está motivado para desempeñar su trabajo lo mejor posible. Un entorno psicosocial favorable fomenta el buen rendimiento y el desarrollo personal, así como el bienestar mental y físico del trabajador.
Los trabajadores sienten estrés cuando las exigencias de su trabajo son mayores que su capacidad para hacerles frente. Además de los problemas de salud mental, los trabajadores sometidos a periodos de estrés prolongados pueden desarrollar problemas graves de salud física, como enfermedades cardiovasculares o problemas musculoesqueléticos.


¿ ES IMPORTANTE EL PROBLEMA?
El estrés es el segundo problema de salud relacionado con el trabajo más frecuentemente 
más de la mitad de los trabajadores considera que el estrés laboral es común en su lugar de trabajo. Como causas más comunes de este tipo de estrés figuran la reorganización del trabajo o la inseguridad laboral, las largas jornadas de trabajo o la excesiva carga de trabajo, y el acoso o la intimidación en el trabajo. Esta misma encuesta indica que casi cuatro de cada diez trabajadores creen que el estrés no se aborda correctamente en sus lugares de trabajo.
los trabajadores consideran los riesgos psicosociales más difíciles de abordar que los riesgos «tradicionales» o más evidentes para la salud y la seguridad en el trabajo.

MEDIDAS QUE PUEDEN ADOPTARSE PARA PREVENIR Y GESTIONAR LOS RIESGOS PSICOSOCIALES. 

Con la adopción de un enfoque correcto, los riesgos psicosociales y el estrés laboral pueden prevenirse y gestionarse de modo satisfactorio sea cual sea el tamaño o el tipo de empresa. Se pueden abordar de la misma manera lógica y sistemática que otros riesgos para la salud y la seguridad en el lugar de trabajo.
La gestión del estrés no es sólo una obligación moral y una buena inversión para los empresarios sino un imperativo legal.


miércoles, 3 de junio de 2015

TRASTORNOS OCASIONADOS POR EL ACOSO LABORAL (MOBBING)

Uno de los fenómenos laborales que está recibiendo una gran atención durante los últimos años lo constituye el denominado “mobbing” o acoso en el trabajo, debido a las graves consecuencias que el mismo origina en la salud de los trabajadores 

Si bien no existe una categoría gnosográfica en la psicopatología que reúna los signos y síntomas propios de un trastorno mental en el DSM-IV (Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales) para el acoso psicológico en el trabajo, los estudios centrados en el análisis de las consecuencias psicoemocionales asociadas a este fenómeno han permitido discernir la sintomatología propia de una víctima de acoso. Así, según los datos aportados por las diferentes investigaciones en torno al tema, podemos diferenciar los siguientes grupos sintomáticos en las víctimas:

1) Cognitivos: estrés, ansiedad generalizada; sensación de amenaza permanente; agotamiento psicológico, físico y emocional; dudas sobre el propio equilibrio emocional y de las percepciones que un tiene de su situación; sentimientos de culpabilidad y responsabilidad; indefensión . A su vez, también se destacan los sentimientos de fracaso, impotencia y frustración; baja autoestima o apatía y problemas de concentración o atención.

2) Psicosomáticos: el estrés al que se ven sometidas las víctimas de acoso tiene efectos indirectos sobre su estado físico, presentando amplio elenco de somatizaciones: trastornos cardiovasculares (hipertensión, arritmias, dolores en el pecho); trastornos musculares (cefaleas tensionales; dolores lumbares y cervicales asociados a la tensión, temblores, hiperreflexia); trastornos respiratorios (hiperventilación, sensación de ahogo, sofocos); trastornos gastrointestinales (dolores abdominales, nauseas, vómitos, sequedad de boca) y; finalmente, también se destaca la alteración del deseo sexual (deseo sexual hipoactivo).
3) Sociales: Los efectos sociales del acoso laboral se caracteriza por la aparición de actitudes de desconfianza y conductas de aislamiento; evitación y retraimiento . Dichas consecuencias sociales también se manifiestan en las relaciones familiares tales como sentimientos de incomprensión; pérdida de ilusión e interés por los proyectos comunes; abandono de responsabilidades y compromisos familiares y; alteración de la afectividad.


Diversos trastornos de ansiedad, trastornos del estado de ánimo, trastornos de somatización y otros trastornos somatomorfos, etc. son algunas posibilidades. Los síntomas que se manifiestan en el cuerpo podrán constituir una somatización, una conversión, o equivalentes somáticos de angustia en un trastorno de angustia ; y a su vez podrán originar síntomas hipocondríacos y hasta un verdadero trastorno hipocondríaco. En la mayoría de estos casos no se producirá la remisión del trastorno una vez desaparecido el estresor psicosocial que lo produjo y el cuadro clínico de carácter crónico requerirá de un tratamiento psicoterapéutico en el que no sólo se buscará la disolución de los síntomas sino que también habrá que prestar atención a las posibilidades de reinserción laboral de la víctima, ya que la experiencia podrá quedar, al modo de un trauma, como posibilidad de repetición en el próximo trabajo.

Se ha producido entonces un daño psíquico? Es tarea de los abogados evaluar la vertiente jurídica y es función de los magistrados la última decisión en cada caso particular. La nuestra, como profesionales de la salud mental, es la de diagnosticar el trastorno que se ha producido, su relación de causalidad con la situación vivida, y evaluar el grado de incapacidad que se ha producido en la víctima.



lunes, 1 de junio de 2015

LEY 1010 (23 Enero 2006)
CONGRESO DE COLOMBIA
  Por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el  acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo. 

ARTÍCULO 1. OBJETO DE LA LEY Y BIENES PROTEGIDOS POR ELLA. 
La presente ley  tiene por objeto definir, prevenir, corregir y  sancionar las  diversas  formas  de agresión,  maltrato,  vejámenes,  trato desconsiderado  y  ofensivo  y  en general todo ultraje a la dignidad humana que se ejercen sobre quienes realizan sus  actividades  económicas  en el contexto  de una  relación laboral privada  o  pública. Son bienes  jurídicos  protegidos  por la  presente  ley:  el trabajo  en condiciones  dignas  y  justas, la  libertad,  la  intimidad,  la  honra  y  la  salud  mental de los  trabajadores, empleados, la armonía entre quienes comparten un mismo ambiente  laboral y el buen ambiente en la empresa. 

PARÁGRAFO: La presente  ley  no se  aplicará  en el ámbito  de las  relaciones  civiles y/o comerciales derivadas de los contratos de prestación de servicios en los  cuales  no se  presenta  una  relación de jerarquía  o  subordinación.  Tampoco  se  aplica a la contratación administrativa. 

ARTÍCULO  2.  DEFINICIÓN  Y  MODALIDADES  DE  ACOSO  LABORAL. 
Para  efectos  de la  presente ley  se  entenderá por acoso laboral toda  conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado, trabajador por parte de un empleador,  un jefe  o  superior jerárquico inmediato  o  mediato,  un compañero  de  trabajo  o  un subalterno,  encaminada  a  infundir miedo, intimidación,  terror y  angustia, a causar perjuicio laboral, generar des-motivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo. En el contexto del inciso primero de este artículo, el acoso laboral puede darse,  entre otras, bajo las siguientes modalidades generales:

Maltrato laboral:  Todo acto de violencia contra la integridad física o moral,  la  libertad  física  o  sexual y  los  bienes  de quien  se  desempeñe como  empleado o  trabajador;  toda  expresión  verbal injuriosa o  ultrajante  que  lesione la integridad moral o los derechos a la intimidad y al buen nombre  de quienes participen en una  relación de trabajo  de tipo laboral o  todo  comportamiento tendiente  a menoscabar la autoestima  y  la  dignidad  de quien participe en una relación de trabajo de tipo laboral. 

 Persecución laboral: toda conducta cuyas características de reiteración o  evidente arbitrariedad permitan inferir el propósito de inducir la renuncia del  empleado o  trabajador,  mediante  la  des-calificación,  la  carga excesiva  de trabajo  y  cambios  permanentes  de horario  que  puedan  producir  des-motivación laboral.  

 Discriminación  laboral: todo  trato  diferenciado  por razones  de raza,  género, origen  familiar o  nacional,  credo  religioso, preferencia política  o  situación social o que carezca de toda racionabilidad desde el punto de vista  laboral.

 Entorpecimiento  laboral: toda acción tendiente a obstaculizar el  cumplimiento de la labor o hacerla más gravosa o retardara  con perjuicio  para  el trabajador o  empleado.  Constituyen acciones  de entorpecimiento  laboral, entre otras, la privación, ocultación o in-utilización de los insumos,  documentos  o  instrumentos  para  la labor, la destrucción o  pérdida de información, el ocultamiento de correspondencia o mensajes electrónicos. 
  
Inequidad laboral: Asignación de funciones a menosprecio del trabajador. 

 Des-protección  laboral: Toda  conducta tendiente a  poner en riesgo  la  integridad y la seguridad del trabajador mediante órdenes o asignación de funciones  sin el cumplimiento  de los  requisitos mínimos  de protección y  seguridad para el trabajador. 

Así como podemos ver en Colombia existe una ley que cobija a toda persona que sufre o halla sufrido de los anteriores tipos de maltrato laboral,  por eso es fundamental que entre todos unamos la voz y no nos de miedo denunciar  cualquier tipo de ACOSO LABORAL. 

ENTRE TODOS PODEMOS CREAR UN MEJOR CLIMA ORGANIZACIONAL.